Por Isabel Montes
Inauguro con esta entrada una nueva sección en la que intentaré poner negro sobre blanco distintas normativas, trámites, procedimientos, etc., que competen a las distintas Administraciones Públicas (Europea, Estatal, Autonómica, Local, también a los tres poderes, Legislativo, Ejecutivo, Judicial) y que afectan directamente al campo, y por ende, posiblemente interesen a nuestros productores.
Aprovecho para animar a aquellos socios que tengan conocimientos de este tipo, porque trabajan en la Administración, en Gestorías, en el mundo del Derecho, o por cualquier otra causa, a participar y realizar aportaciones a esta sección.
Abro la sección con la siguiente información:
BONIFICACIONES PARA FAMILIARES COLABORADORES DEL TRABAJADOR AUTÓNOMO AGRARIO.
Desde el 2008, a través de la Disposición Adicional primera de la Ley 18/2007, el cónyuge o descendientes del titular de una explotación agrícola, de alta en el Sistema Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios (SETA), con 50 o menos años de edad (hasta el 04/01/12 afectaba a los menores de 41 años), si se dan de alta como colaboradores de su familiar, podrán beneficiarse de una reducción del 30% de la cuota que resulte de aplicar a la base mínima de cotización. Esta reducción en las cuotas de la Seguridad Social tendrá una duración de 5 años.
Dicha reducción es incompatible con la reducción-bonificación, durante 30 meses, prevista en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) para la incorporación de trabajadores menores de 30 años y de mujeres menores de 35. Sin embargo si es COMPATIBLE con la bonificación del 50% durante 18 meses prevista en la Disposición Adicional 11 de la Ley 3/2012, para las nuevas altas de familiares colaboradores de trabajadores autónomos, lo que se traduce en que los cónyuges e hijos, menores de 50 años, de un trabajador encuadrado en el SETA (Sistema Especial de RETA para los Trabajadores Agrarios), cómo lo están la mayoría de nuestros productores, si colaboran en la actividad agraria y se dan de alta en Autónomos por primera vez, disfrutarían durante 18 meses de una reducción en sus cuotas del 80% (30 + 50), y el resto del tiempo, hasta 5 años a contar desde el alta, del 30% de reducción.
Sin duda, en estos tiempos que corren, en los que toca apretarse el cinturón, estas reducciones harán más llevadero el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social para este colectivo.